El Código de Ética de Revista Enfoques: Ciencia Política y Administración Pública (RECPyAP) es una guía de buenas prácticas que debe garantizar la responsabilidad, honestidad y transparencia de todos los actores que participan del proceso de publicación de artículos y/o reseñas bibliográficas de carácter científico, dígase cuerpo editorial, evaluadores y/o autores. El presente Código de Ética se ampara y elabora a partir de la Resolución Nº2401 que promulgó el Nuevo Código de Ética de la Universidad Central de Chile (*), aprobado por la Honorable Junta Directiva, según el Acuerdo Nº 2 de la Sesión Nº 525 de 28 de abril de 2015.

Los principios éticos generales que la Universidad Central de Chile promueve son: 1) libertad, entendida bajo todas sus formas y expresiones, mientras no perturbe los derechos de otros individuos ni de la nación; 2) tolerancia, en cuanto al trato digno y de respeto hacia las personas; 3) probidad, bajo un actuar honesto, leal y de compromiso con la misión de la Universidad; 4) equidad, en el trato no discriminatorio ni arbitrario entre los actores de la comunidad universitaria; 5) responsabilidad, manifestada en un comportamiento íntegro de toda la comunidad universitaria; 6) Participación responsable, entendida como deberes y derechos entre la Universidad y su comunidad y 7) compromiso país, orientando su proyecto educativo al desarrollo integral de la nación (**).

Principios generales

  1. Todos los actores involucrados en la publicación de cada número de Revista Enfoques (***) deben comprometerse a cumplir con la Misión, directrices para autores/as y los principios que rigen el presente Código de Ética.
  2. Cualquier antecedente de buenas prácticas no contemplado en el presente Código de Ética deberá resolverse por la Comisión de Publicaciones de la Facultad de Economía, Gobierno y Comunicaciones de la Universidad Central de Chile.
  3. Se debe evitar -a todo nivel- el conflicto de interés. En caso de existir, cualquiera de las partes involucradas debe señalarlo expresamente, mediante carta formal al editor responsable. En caso de que éste sea el afectado, deberá abstenerse de intervenir en el proceso de evaluación de artículos.
  4. En caso de aceptación para la publicación de artículos, los os autores retienen los derechos de autor de sus trabajos y otorgan a la revista una licencia no exclusiva para publicar y distribuir dichos artículos bajo los términos de la Licencia Creative Commons Atribución-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC-BY-SA). Bajo esta licencia, los autores conservan la propiedad intelectual de sus contribuciones, permitiendo a otros utilizar, compartir y adaptar estas últimas incluso con fines comerciales. Cualquier reproducción total o parcial del material deberá citar su procedencia.
  5. El Comité Editorial considera necesario informar mediante carta formal al director de la revista, al autor, a la Comisión de Publicaciones de la Facultad de Economía, Gobierno y Comunicaciones de la Universidad Central de Chile y/o a la instancia reglamentaria que corresponda, ante cualquier infracción al presente Código de Ética, especialmente ante la evidencia de plagio parcial o total del contenido del artículo. Ante cualquier otra situación de infracción menor, distinta a la señalada anteriormente, contenida o no en el presente Código de Ética, será el editor general el encargado de notificar verbal o por escrito a las partes involucradas en la negligencia.

Principios para editores

  1. El Comité Editorial debe resguardar bajo anonimato, la identidad de todos los actores involucrados en el proceso de evaluación del artículo.
  2. La evaluación inicial del contenido del artículo recae en el Comité Editorial, que -bajo la figura del editor responsable- deberá determinar si el artículo está en concordancia con la Misión, directrices para autores/as y con el Código de Ética de Revista Enfoques.
  3. El Comité Editorial tiene el deber de informar al autor de las razones de la aceptación o rechazo del artículo presentado.
  4. Durante todo el proceso editorial, se debe informar a los autores de correcciones, omisiones o errores en la publicación.
  5. Los integrantes del Comité Editorial deben informar si existe algún tipo de conflicto de interés en la revisión de un trabajo.
  6. El Comité Editorial debe garantizar la no discriminación de trabajos de ningún autor (es) por motivaciones políticas, nacionales, de color de piel, sexual, de género, religiosas o étnicas.
  7. El Comité Editorial debe garantizar y explicitar que la publicación no obedece a criterios comerciales sino que exclusivamente académicos.
  8. El Comité Editorial debe garantizar que el proceso editorial está en constante mejora y actualización.

Principios para evaluadores

  1. De ser aceptado el artículo, el Comité Editorial lo someterá a un doble proceso de evaluación arbitral, el cual debe ser, para ambas partes, confidencial, objetivo e imparcial.
  2. Los árbitros deberán informar si el trabajo recepcionado les ocasiona algún tipo de conflicto de interés.
  3. En ese mismo sentido, el autor tiene derecho a conocer los informes arbitrales y deberá efectuar las mejoras correspondientes en caso de "aceptación" y de "aceptación con ajustes menores".
  4. A partir de los informes finales recibidos de los pares arbitrales, será el equipo editorial quien determine la publicación o no del artículo evaluado.

Principio para autores

  1. El autor del artículo debe asegurarse que, tanto su contenido como los resultados de éste, sean originales e inéditos. Asimismo, debe especificar todos los detalles que soportan la investigación (tipo, nombre y número del proyecto, nombre de todos los investigadores, así como de los patrocinador/es y/o financista/s).
  2. El autor debe garantizar que su trabajo no es resultado de plagio parcial ni completo de otro, ni de omisión intencional de citas bibliográficas.
  3. El autor debe identificar y dar reconocimiento mediante citas de todas las fuentes primarias y secundarias utilizadas en el contenido de su artículo.
  4. El autor debe señalar por escrito que el artículo presentado a Revista Enfoques no está siendo sometido paralelamente a otro proceso de evaluación editorial y que toda la información contenida es auténtica y veraz.
  5. El autor tiene derecho a apelar la decisión arbitral que consigna "bien encaminado, pero mejoraría si se le hicieran importantes revisiones".
  6. Al autor se le podrán exigir informes éticos que soporten las metodologías del proyecto de investigación.

(*) Art. 1º "El Código de Ética de la Universidad Central de Chile (el "Código") es una declaración de principios éticos, valores y conductas esperadas por parte de toda la comunidad universitaria, destinado a comunicar a éstos los valores de la Corporación y a fomentar en todo momento un comportamiento consecuente con dichos valores en todos los integrantes de la comunidad. Su cumplimiento debe reflejarse en la cultura, normas, metas, decisiones y formas de proceder de todos los integrantes de la comunidad".
(**) Comentado desde el artículo 3º del Código de Ética de la Universidad Central de Chile.
(***) Se debe advertir que el Código de Ética de la Universidad Central de Chile aplica solamente para los integrantes que forman parte activa de su comunidad universitaria, la cual incluye a sus "directivos, profesores, estudiantes, administrativos y personal de servicios de la Universidad y sus filiales" (Segundo párrafo del artículo 1º). Se debe advertir, que el Código de Ética de Revista Enfoques es una extensión del actuar probo hacia todos los participantes del proceso editorial, sean los actores internos de la Universidad Central de Chile como también los externos a ésta.