Principio de la moralidad administrativa, propuesta jurisprudencial para la protección contra la corrupción

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María Liliana Castillo Castillo

Resumen

Este documento se propone presentar un análisis al tratamiento dado por el Consejo de Estado colombiano en su propuesta de conceptualización de la corrupción administrativa a través del discurso jurisprudencial. Se parte de una aproximación semántica del concepto y posteriormente se revisan las sentencias en las que la corporación se refirió a la corrupción; de este análisis se infiere que para esta alta corte, la corrupción administrativa resulta ser la degradación del principio de moralidad adminis­trativa; lo que implica a su vez, estudiar esta figura desde el nivel normativo de principio que no como derecho colectivo. Una de las eventuales conclusiones arrojadas por este trabajo es que, aunque el concepto de corrupción administrativa se nutre de criterios morales para su apreciación, configuración y sanción, su naturaleza es estrictamente jurídica, pero ello no implica que sea considerada de manera autónoma, sino que para su reproche jurídico, se requiere hacer uso de la figura de la moralidad administrativa.

Detalles del artículo

Cómo citar
Castillo Castillo, M. L. (2014). Principio de la moralidad administrativa, propuesta jurisprudencial para la protección contra la corrupción. Revista Enfoques: Ciencia Política Y Administración Pública, 11(19), 91-103. https://doi.org/10.60728/qe61jk10
Sección
Artículos
Biografía del autor/a

María Liliana Castillo Castillo, Universidad de San Buenaventura, Seccional Cali

Abogada (USC-2004). Candidata a Magíster en Filosofía del Derecho Contemporáneo (UAO-Carlos III), miembro del Grupo Investigación Problemas Contemporáneos del Derecho, Universidad de San Buenaventura, Seccional Cali; asesora jurídica de Corporación Vallenpaz.

Cómo citar

Castillo Castillo, M. L. (2014). Principio de la moralidad administrativa, propuesta jurisprudencial para la protección contra la corrupción. Revista Enfoques: Ciencia Política Y Administración Pública, 11(19), 91-103. https://doi.org/10.60728/qe61jk10